La JEP imputa a Pablo Catatumbo y a otros ocho exintegrantes del antiguo Comando Conjunto Central de las FARC por crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos contra la población de Tolima, Huila y Quindío. La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz anunció este jueves 29 de octubre la decisión contra los nueve ex-FARC, encabezados por Catatumbo Torres Victoria, exnegociador de la antigua guerrilla y uno de los hombres más visibles de su último Secretariado.
Además de Catatumbo, la acusación alcanza a Luis Eduardo Rayo, conocido como ‘Marlon’; Henoc Capera Trujillo, ‘Giovanni’; Jhon Jairo Oliveros Grisales, ‘Armando Pipas’; Gustavo Bocanegra Ortegón, ‘Donald’; Nelson Antonio Jiménez Gantiva, ‘Gonzalo’; Wilson Ramírez Guzmán, ‘Teófilo González’; Víctor Hugo Silva Soto, ‘Erick’ o ‘El Chivo’, y Raúl Agudelo Medina, ‘Olivo Saldaña’. La Sala señaló a ocho de ellos como máximos responsables, por haber ejercido un liderazgo regional con mando sobre las estructuras a su cargo, y al noveno por una participación determinante en los crímenes.
JEP imputa a Pablo Catatumbo tras documentar 94 incursiones armadas
La investigación documentó 94 incursiones armadas perpetradas por el Comando Conjunto Central entre 1991 y 2016, el mayor número de tomas guerrilleras y ataques a estaciones de Policía atribuido a una sola estructura de las FARC. Para llegar a la imputación, la Sala revisó cerca de 600 expedientes judiciales, contrastó 54 informes de organizaciones y víctimas y escuchó los relatos de 967 víctimas individuales acreditadas, además de las declaraciones de más de una veintena de comparecientes. Los campesinos representan el 54 % de las víctimas acreditadas por los hechos de este comando.
Los crímenes atribuidos incluyen homicidio en persona protegida, masacres, desapariciones forzadas, desplazamientos, tomas guerrilleras, tortura, uso de minas antipersonal, ataques contra la población civil y ataques contra hospitales, escuelas e iglesias. La Sala identificó dos patrones macrocriminales: el control social y territorial sobre las comunidades, y la conducción de hostilidades contra la fuerza pública y los bienes civiles. Por su gravedad, estos hechos no son amnistiables y se tramitan dentro del Caso 10, que investiga los delitos no amnistiables de la antigua guerrilla que no entraron en otros macrocasos.
Un proceso que la justicia ordinaria no había resuelto
Antes de esta decisión, la mayoría de los procesos de la justicia ordinaria por estos mismos hechos seguía en etapas preliminares y solo el 10 % había llegado a una condena. De los nueve imputados, cuatro pasaron por la cárcel, pero es la primera vez que responden por estos crímenes ante la justicia transicional. Los comparecientes quedan ahora llamados a reconocer su responsabilidad ante las víctimas y el país, paso que define el camino de sus eventuales sanciones propias dentro del sistema de la JEP.
Qué sigue tras la decisión con la que la JEP imputa a Pablo Catatumbo
Con esta decisión, los comparecientes del Comando Conjunto Central deberán pronunciarse sobre los hechos atribuidos en Tolima, Huila y Quindío. Si reconocen su responsabilidad, el caso avanzará hacia las sanciones propias de la justicia transicional; la Sala de Reconocimiento de Verdad dejó establecido que los crímenes imputados, por su gravedad, no pueden ser objeto de amnistía. Para las 967 víctimas acreditadas, la imputación es el primer pronunciamiento de fondo sobre masacres, desapariciones y tomas guerrilleras que llevaban décadas esperando una respuesta judicial completa.