En la Embajada de Argentina en Caracas, seis miembros de la oposición venezolana se encuentran asilados a la espera de que el Gobierno otorgue los salvoconductos necesarios para abandonar el país.
Esta situación pone a prueba la aplicación de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954, que establece la obligatoriedad de conceder dichos permisos, pero con ciertas excepciones que generan controversia.
Obligación de otorgar salvoconductos, pero con «limitaciones»
La Convención sobre Asilo Diplomático estipula que el «Estado asilante puede pedir la salida del asilado para territorio extranjero», y que el «Estado está obligado a dar inmediatamente (…) el correspondiente salvoconducto». Sin embargo, agrega la excepción «salvo caso de fuerza mayor», sin especificar detalles, lo que deja espacio para interpretaciones divergentes.
Expertos analizan la «fuerza mayor» y casos precedentes
Simón Gómez, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Católica Andrés Bello, considera que «fuerza mayor» se refiere a «circunstancias producto de una tragedia natural» que impidan otorgar el salvoconducto.
Por su parte, Juan Francisco Contreras, presidente del Colegio de Internacionalistas de Venezuela, señala que la convención se creó en 1954, cuando muchos países tenían regímenes dictatoriales, por lo que se dejó una «ventana para justificar algún tipo de negación».
Ambos expertos coinciden en que Venezuela no podría argumentar «fuerza mayor» para negar los salvoconductos.
Sin embargo, recuerdan casos en los que se ha negado el permiso a personas acusadas de delitos comunes, como el de Ricardo Martinelli, expresidente de Panamá condenado por blanqueo de capitales.
Precedentes y posiciones encontradas
En contraste, el propio Hugo Chávez otorgó un salvoconducto a Pedro Carmona después del fallido golpe de Estado de 2002, a pesar de las acusaciones en su contra.
Actualmente, el Gobierno venezolano no ha confirmado si aprobará o negará los salvoconductos a los opositores asilados, mientras que el vicepresidente del PSUV, Diosdado Cabello, aseguró que se negó.
Un dilema más allá de lo jurídico
José Bruzual, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad Central de Venezuela, considera que este caso «no se resuelve únicamente con criterios jurídicos».
Señala que es un dilema desde el inicio, ya que el Estado asilante tiene potestad para otorgar el asilo, pero el Estado territorial puede argumentar sobre la naturaleza de los delitos y negarse a dar el salvoconducto.
Los seis opositores asilados son Pedro Urruchurtu, Magalli Meda, Claudia Macero, Humberto Villalobos (miembros del partido de María Corina Machado), el exdiputado Omar González y Fernando Martínez Mottola, asesor de la coalición opositora Plataforma Unitaria Democrática.
Falta de mecanismos para obligar la emisión de salvoconductos
Según la convención, si Venezuela niega la autorización, no hay forma de obligar al país a dar el salvoconducto, ya que no se contempla que algún organismo internacional ordene la emisión del permiso.
En consecuencia, los opositores asilados podrían permanecer en la Embajada de Argentina por un período prolongado, mientras se resuelve esta situación de tensión diplomática y jurídica.
Los opositores venezolanos asilados en la Embajada de Argentina en Caracas enfrentan un escenario incierto si no obtienen los salvoconductos solicitados para abandonar el país.
Según expertos en Derecho Internacional, la falta de mecanismos legales vinculantes en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 deja a los asilados en una situación de limbo legal prolongado.
La Convención no contempla instancias supranacionales que puedan obligar al país a emitir los permisos en caso de negativa.
José Bruzual, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad Central de Venezuela, señala que «no hay forma de obligar al país a que dé el salvoconducto». Esto implica que los opositores podrían permanecer asilados en la Embajada de Argentina por un tiempo indeterminado, sin poder salir del país.
Juan Francisco Contreras, presidente del Colegio de Internacionalistas de Venezuela, advierte que la Convención dejó una «ventana para justificar algún tipo de negación» de salvoconductos, lo que podría ser utilizado por el Gobierno venezolano para mantener a los opositores en un limbo legal indefinido.