La JEP condena a Juan Carlos Figueroa, coronel retirado del Ejército de Colombia, a seis años y tres meses de privación de la libertad por su responsabilidad en el asesinato de 38 personas que fueron presentadas falsamente como bajas en combate. La Jurisdicción Especial para la Paz dictó la sentencia este jueves contra quien comandó el Batallón de Artillería La Popa entre enero de 2004 y julio de 2005, en uno de los capítulos más graves del escándalo de los llamados falsos positivos.
Figueroa Suárez reconoció su responsabilidad en 24 hechos durante una audiencia restaurativa celebrada en Valledupar el 27 y 28 de agosto, después de haber rechazado inicialmente los cargos que se le imputaban. La sentencia establece que la sanción se cumplirá en un establecimiento de reclusión especial y lo declara responsable, en su calidad de superior, de conductas relacionadas con homicidios de personas protegidas, desapariciones forzadas y torturas, así como de la muerte de dos personas que ya se encontraban fuera de combate por haber dejado las armas.
La JEP condena a Juan Carlos Figueroa con 11 obligaciones restaurativas
El fallo no se agota en los años de sanción. La JEP impuso al exoficial once obligaciones restaurativas, entre ellas entregar los documentos operacionales relacionados con los asesinatos, reconocer públicamente que las víctimas no pertenecían a grupos armados y participar en acciones para dignificar su buen nombre y preservar la memoria de lo ocurrido. También deberá aportar información que permita localizar e identificar a personas desaparecidas y contribuir al esclarecimiento completo de los hechos, incluidos los posibles responsables y las personas que pudieron intervenir en ellos.
Entre las medidas ordenadas figura además la entrega de las medallas, el escudo de armas y las demás distinciones que Figueroa Suárez recibió al finalizar su gestión al frente del batallón, así como la realización de un acto público de petición de perdón en nombre de las Fuerzas Militares. Durante la audiencia restaurativa de agosto, el propio coronel retirado ya había pedido perdón por las muertes, las desapariciones, las torturas y la estigmatización que sufrieron las víctimas y sus familias.
Lo que se sabe hasta ahora
La sentencia contempla medidas de reparación, memoria y dignificación para los pueblos indígenas wiwa y kankuamo, afectados por los daños individuales y colectivos, culturales y espirituales derivados de estos crímenes cometidos en la zona de operaciones del Batallón La Popa. La decisión también ordena a distintas entidades del Estado avanzar en la búsqueda e identificación de cinco víctimas mencionadas expresamente en el fallo, facilitar el acceso de las familias a la reparación material y gestionar la inclusión en el Registro Único de Víctimas de quienes todavía no estén inscritos.
Se trata de la quinta sentencia que dicta la JEP dentro de sus macrocasos y de la segunda sanción alternativa impuesta tras el reconocimiento tardío de responsabilidad de un máximo responsable. Ese dato explica la magnitud del fallo: no es un proceso ordinario contra un subalterno, sino una condena contra el comandante de un batallón, declarado responsable como superior de una práctica que convirtió a civiles en cifras de resultados operacionales.
Por qué importa
El caso Figueroa vuelve a poner en el centro el capítulo de las ejecuciones extrajudiciales presentadas como bajas en combate, uno de los episodios que más han marcado a las Fuerzas Militares colombianas y a miles de familias que durante años buscaron que se reconociera que sus seres queridos no eran guerrilleros. Que la sentencia ordene reconocer públicamente que las víctimas no pertenecían a grupos armados y dignificar su nombre responde justamente a esa deuda: para muchas familias, la reparación empieza por limpiar la memoria de los suyos.