La Ley de Sometimiento ya es una realidad jurídica en Colombia.
La Ley de Sometimiento ya es una realidad jurídica en Colombia. El presidente Abelardo de la Espriella sancionó la Ley 2640 de 2026, la norma con la que su Gobierno fija las reglas para que las organizaciones armadas ilegales y las estructuras criminales que operan en el país se sometan voluntariamente a la justicia, con rebajas de penas de hasta el 50 % para quienes cumplan todas las condiciones.
La legislación, una de las apuestas centrales de la política de seguridad del actual Gobierno, modifica y prorroga disposiciones de la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público. Según el comunicado de la Presidencia de la República, la estrategia combina las operaciones de la Fuerza Pública con procesos judiciales orientados a desmantelar las estructuras ilegales y a fortalecer la presencia del Estado en las regiones más golpeadas por la violencia.
Qué exige la Ley de Sometimiento a cambio de los beneficios
Las rebajas de penas no serán automáticas. La norma contempla un sistema de beneficios judiciales que dependerá de la colaboración efectiva de cada procesado, de su aporte a la verdad y del cumplimiento de las obligaciones de reparación. Para acceder a ellos, las organizaciones deberán entregar la totalidad de sus armas, municiones y explosivos, así como los bienes obtenidos mediante actividades ilícitas.
También tendrán que identificar a sus integrantes, mandos, financiadores y redes de apoyo, y suministrar información sobre las rutas del narcotráfico y demás fuentes de financiación. Un requisito fundamental será entregar a las personas secuestradas y a los menores reclutados, además de aportar datos que permitan localizar a las personas desaparecidas. Quien oculte información deliberadamente o incumpla los compromisos podrá perder los beneficios.
La ley está dirigida a integrantes de organizaciones armadas ilegales o terroristas que decidan someterse de forma individual o colectiva. Estructuras como el Clan del Golfo y grupos delincuenciales urbanos podrían analizar esta vía, aunque ninguna organización tiene garantizada la admisión. A diferencia de los mecanismos impulsados durante el gobierno de Gustavo Petro, la nueva legislación no reconoce estatus político a los grupos que se acojan, no prevé mesas de negociación política y mantiene intactas las facultades de investigación de la Fiscalía, las órdenes de captura y los procedimientos de extradición.
Un proceso en dos etapas y reparación para las víctimas
El procedimiento tendrá dos fases. La primera será administrativa y estará a cargo del Gobierno Nacional: las organizaciones deberán presentar información sobre su estructura, sus integrantes y sus actividades ilegales en un plazo máximo de tres meses, prorrogable una sola vez por un periodo igual. La segunda etapa será judicial, y en ella las autoridades evaluarán las responsabilidades individuales, las pruebas entregadas y las condiciones para conceder las reducciones de penas.
La norma también crea mecanismos de reparación individual para las víctimas y ordena que los bienes incautados se destinen prioritariamente a quienes resultaron afectados por las organizaciones criminales. Reconoce, además, derechos de participación en los procesos judiciales, acceso a la información, representación legal y presentación de pruebas, con garantías especiales de privacidad y acompañamiento psicosocial en los casos de violencia sexual. Para quienes abandonen las armas y cumplan sus obligaciones, contempla programas de tránsito a la legalidad con educación, formación laboral y proyectos productivos.
La sanción presidencial completa el trámite que el Congreso cerró días atrás, cuando Senado y Cámara avalaron el mismo texto y lo enviaron a sanción. La norma entra en vigor en medio de la presión del conflicto: esta misma semana el país siguió el secuestro de la subteniente María Camila Pantoja en Arauca, un caso en el que la entrega de las personas retenidas es precisamente una de las exigencias que la ley impone a los grupos que aspiren a beneficios.
No obstante, la ley ya enfrenta cuestionamientos. El representante Gabriel Becerra anunció que buscará demandarla por presuntos vicios en su trámite legislativo, y la congresista María Fernanda Carrascal cuestionó las facultades del Ejecutivo para determinar qué organizaciones pueden ser consideradas terroristas. También se debate el alcance de los beneficios para responsables del reclutamiento de menores. El Gobierno, por su parte, defiende que las condiciones son más estrictas que las de mecanismos anteriores, al exigir la entrega de los bienes ilícitos y mantener vigentes las investigaciones y las solicitudes de extradición.