El presidente Abelardo de la Espriella firmó este martes 13 de octubre el Decreto 1525 de 2026, la norma con la que su Gobierno redefine las reglas para las manifestaciones públicas en Colombia. La expedición llega a pocas horas de las marchas convocadas para este miércoles 14 de octubre en varias ciudades del país, las primeras jornadas de protesta de su administración, y bajo una consigna que el propio mandatario resumió así: no permitirá que personas violentas cierren las vías del país.
El decreto modifica y adiciona el Decreto 003 de 2021, que contenía el protocolo de actuación estatal frente a la protesta, y actualiza el llamado Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana. En el papel, el Gobierno plantea un equilibrio: se mantiene la presunción de que toda movilización es pacífica y el diálogo sigue siendo la primera vía, pero la respuesta policial frente a hechos violentos concretos ya no tendrá que esperar a que se agoten todas las etapas de mediación.
Qué cambia con el Decreto 1525 de 2026
La novedad central es la diferenciación. Si dentro de una concentración aparecen delitos o agresiones físicas de forma simultánea, la Policía deberá actuar de manera focalizada contra los responsables individuales, sin suspender el canal de diálogo con el resto de la marcha ni dispersar de forma generalizada a quienes protestan de manera pacífica. El equipo de concertación en terreno estará integrado por gestores de convivencia territoriales, personal especializado de la Policía, la Defensoría del Pueblo y la Personería, en contacto permanente con los convocantes.
El Ministerio del Interior anunció además que se instalará un Puesto de Mando Unificado (PMU) para monitorear las movilizaciones de este miércoles, una estructura que, según la nueva norma, deberá funcionar obligatoriamente desde antes del inicio de cada marcha hasta su finalización, con actas y bitácoras en tiempo real que registren el fundamento, la hora y el responsable de cada decisión.
Las ocho causales para dar por agotado el diálogo
El Decreto 1525 de 2026 precisa las conductas que permiten considerar agotada la etapa de diálogo y habilitan la intervención de la Fuerza Pública: el porte o uso de armas y artefactos incendiarios, la retención de personas, las agresiones contra terceros, los ataques contra periodistas o misiones médicas, la destrucción de infraestructura, la obstrucción del paso de ambulancias, las afectaciones graves a servicios hospitalarios o públicos esenciales y los riesgos de desabastecimiento de alimentos o medicamentos.
En materia de bloqueos viales, ocupar temporalmente una calzada no altera por sí solo el carácter pacífico de una protesta. Sin embargo, el PMU deberá ponderar la duración del cierre, la existencia de vías alternas, el impacto sobre servicios esenciales y los perjuicios económicos continuos para comerciantes y trabajadores antes de ordenar una intervención cuando la perturbación sea grave, prolongada y desproporcionada. El mandatario ya había anticipado esta línea de gobierno en su alocución presidencial de esta semana, en la que presentó su balance de seguridad y sus planes ante el fenómeno de El Niño.
Corredores solidarios y cinco niveles de actuación
Otra figura nueva son los corredores solidarios: franjas señalizadas de tránsito libre que las autoridades territoriales y la Policía deberán garantizar para el paso ininterrumpido de ambulancias, misiones médicas, bomberos y transporte de medicamentos y alimentos perecederos. Si tras el diálogo persiste la negativa a habilitar esos corredores, esa conducta se convierte en una causal objetiva para intervenir.
El uso de la fuerza, por su parte, queda sometido a un escalonamiento de cinco niveles: facilitación preventiva, diálogo directo, mediación institucional, disuasión y, solo como último recurso, restablecimiento del orden con unidades especializadas. Pasar de un nivel a otro exige demostrar en el PMU que la instancia anterior resultó ineficaz, salvo que existan ataques armados, incendios o violencia inminente contra la vida de las personas. Como cierre, alcaldías y gobernaciones deberán publicar en un plazo de 72 horas un balance oficial de afectaciones de cada jornada. La primera prueba de fuego del nuevo estatuto será este mismo miércoles, cuando las marchas recorran las principales ciudades de un país que también sigue pendiente de emergencias como el sismo de magnitud 5,0 que se sintió en Santander y en el Táchira.
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