Este lunes 22 de abril, la Audiencia Nacional de España dio el visto bueno para que se juzgue al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Luis Rubiales y al exseleccionador femenino Jorge Vilda, por el beso a la jugadora Jennifer Hermoso en la final del Mundial femenino de Australia y Nueva Zelanda 2023.
Por su parte, el juzgado español tomó esta decisión al rechazar los recursos interpuestos por Rubiales, Vilda y otros dos investigados: el exdirector deportivo de la selección Albert Luque y el que fuera responsable de Marketing Rubén Rivera, contra el auto del juez del caso, Francisco de Jorge, en el que se proponía ir a juicio.
La Sala explica que en la fase procesal en la que se encuentra la causa no se persigue la acreditación de hechos, sino que se trata de un impulso procesal en el que el órgano instructor tiene que valorar si existen indicios para continuar la tramitación del procedimiento.
En este caso, la Sala considera que los hechos que se describen recoge indicios que encajan en la descripción típica de un delito contra la libertad sexual y otro de coacciones ya sean del 172.1 del Código Penal o de carácter leve.
Al mismo tiempo, el tribunal indicó que las consecuencias jurídicas del beso y del constreñimiento no pueden ser objeto de valoración en este momento por lo que advirtió que en este trámite procesal no se pueden confrontar las declaraciones como si se tratase del juicio oral.
Los testigos, añade la resolución, relatan unos hechos que son susceptibles de encuadrarse en los dos delitos, por lo que el desafío probatorio corresponderá a la fase del plenario y no a la instrucción, que se limita a determinar si existen indicios y si son subsumibles en un tipo penal.