El Presupuesto 2027 de Colombia quedó envuelto en una incertidumbre jurídica inesperada.
El Presupuesto 2027 de Colombia quedó envuelto en una incertidumbre jurídica inesperada: aunque el proyecto ya había superado sus debates en el Congreso, una diferencia en el artículo 65 entre lo votado por el Senado y lo aprobado por la Cámara de Representantes encendió las alarmas y puso bajo la lupa todo el trámite.
El plan de gastos aprobado contempla recursos por $634,9 billones para 2027, el dinero con el que el Estado financiará durante el próximo año sectores como salud, educación, infraestructura, seguridad, inversión y su propio funcionamiento. Por eso, lo que parecía una aprobación cerrada se convirtió en un nuevo capítulo de dudas sobre la validez del procedimiento.
Presupuesto 2027 de Colombia: qué pasó con el artículo 65
La Secretaría General del Senado dejó constancia de que, durante la discusión en esa corporación, el artículo 65 fue aprobado sin proposiciones adicionales. El secretario general del Senado, Diego Alejandro González González, explicó que «el artículo 65 fue aprobado sin proposiciones» y aseguró que ordenó poner a disposición los registros oficiales de lo votado.
González González indicó además que en el enlace que reúne las proposiciones avaladas por la plenaria «no figura proposición alguna aprobada respecto del artículo 65». La alarma apareció al revisar el trámite en la Cámara de Representantes: allí habría quedado incorporada una modificación que no fue aprobada previamente por el Senado.
En términos sencillos, las dos cámaras del Congreso deben terminar aprobando un mismo texto. Cuando existen diferencias entre lo votado por Senado y Cámara, estas normalmente deben resolverse mediante una conciliación antes de que el proyecto pase a sanción presidencial.
La Cámara había dicho que no hacía falta conciliar
El inconveniente es doble. La Cámara había informado, después de aprobar el proyecto, que los textos de ambas corporaciones eran idénticos y que por esa razón no era necesaria una conciliación. La revisión posterior del artículo 65 puso esa afirmación en duda.
Si el Presupuesto 2027 de Colombia terminara expidiéndose por decreto, el Gobierno fijaría el gasto del próximo año sin el texto concertado por las dos cámaras. El Congreso, además, estaba contra el tiempo: la propia Cámara había recordado antes de la votación que el 20 de octubre era la fecha límite para aprobar el Presupuesto y que, de no conseguirse dentro del plazo, este tendría que expedirse mediante decreto. Ese escenario, el de un Presupuesto definido por decreto del Gobierno, es uno de los que ahora están sobre la mesa.
Un solo artículo y un posible vicio de procedimiento
La pregunta que deberán resolver los análisis jurídicos es si una diferencia de este tipo puede convertirse en un vicio de procedimiento si no fue subsanada dentro de los términos establecidos. De ser así, no estaría en discusión solo el artículo 65, sino la solidez jurídica de toda la ley que ordena el Presupuesto 2027 de Colombia.
El debate llega en una semana cargada para la economía y las finanzas públicas del país, en la que también se conoció la alerta de la ministra de Minas sobre el gas para afrontar El Niño y avanzan en Bogotá los pagos de octubre del Ingreso Mínimo Garantizado para más de 190.000 hogares.
Por ahora, lo cierto es que el artículo 65 convirtió lo que parecía una aprobación cerrada en una incertidumbre abierta. Falta establecer si esa diferencia puede corregirse, si compromete jurídicamente toda la ley o si finalmente obligará al Gobierno a definir el Presupuesto General de la Nación de 2027 por decreto.
Lo que se sabe hasta ahora del Presupuesto 2027 de Colombia
- El proyecto del Presupuesto 2027 de Colombia fue aprobado por $634,9 billones para financiar salud, educación, infraestructura, seguridad e inversión durante 2027.
- La Secretaría General del Senado dejó constancia de que el artículo 65 se aprobó en esa cámara sin proposiciones adicionales.
- En la Cámara de Representantes habría quedado una modificación del mismo artículo que el Senado no votó.
- La Cámara había dicho que los textos eran idénticos y que no hacía falta conciliación; la revisión del artículo 65 puso esa afirmación en duda.
- El plazo para aprobar el Presupuesto venció el 20 de octubre, así que uno de los escenarios sobre la mesa es que el Gobierno lo expida por decreto.
- El Presupuesto 2027 de Colombia define el gasto de salud, educación, infraestructura y seguridad de 2027, así que un vicio de trámite afectaría directamente su entrada en vigencia.
Hasta que los equipos jurídicos del Congreso definan si la diferencia se puede corregir, el Presupuesto 2027 de Colombia seguirá en el centro del debate político y económico del país, porque de esa ley depende la plata con la que funcionará el Estado el próximo año.
(Con información de Publimetro Colombia)